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Veda electoral: cuándo comienza


Veda electoral: ¿cuándo empieza y qué no se puede hacer antes, durante y después de las elecciones 2023?

Cuáles son las restricciones que establece la ley y a partir de qué hora no se podrán vender bebidas alcohólicas.
 
Las elecciones 2023 en Argentina tendrán lugar el 22 de octubre, donde los ciudadanos deberán elegir presidente, vicepresidente. En esta instancia también se renovará la mitad de la Cámara de Diputados de la Nación y un tercio del Senado, y se elegirán legisladores provinciales, intendentes y concejales municipales.

En el caso de que ningún candidato a presidente alcance la mayoría necesaria, es decir el 45% de los votos o el 40% y una diferencia del 10% con respecto al resto de los postulantes, habrá balotaje y se celebrará el 19 de noviembre.

Llegada a esa instancia, la segunda vuelta electoral se convocará dentro de los 30 días posteriores a las elecciones generales. De esa elección, participarán los dos candidatos que más sufragios hayan obtenido y ganará el que más cantidad de votos obtenga. Además, se realizará un nuevo debate presidencial entre esos dos candidatos el 12 de noviembre.

¿Cuándo empieza la veda electoral de las elecciones 2023?

De acuerdo al Código Nacional Electoral, 40 horas antes de la votación comienza la veda electoral. Esta medida tiene como espíritu conceder un espacio de reflexión a los votantes en la antesala de su decisión, luego de haber escuchado durante un período de tiempo los proyectos que proponen todos los dirigentes que aspiran a ser electos en distintos cargos.

Si bien esta regulación tiene como marco la ley 19.945, que establece en su artículo 71 qué es lo que no se puede hacer en las horas previas a las elecciones, durante ellas y hasta tres horas después, cada provincia tiene, a su vez, una regulación local. No obstante, estas no se diferencian en lo esencial de lo que dice el código nacional.

¿Cuáles son las prohibiciones durante la veda electoral?

Los actos públicos de campaña o cualquier otra actividad proselitista.
Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicios.
Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptores de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y de toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas 3 horas de ser clausurado.
Está prohibido vender bebidas alcohólicas durante la veda electoral.
A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, 12 horas antes y 3 horas después de finalizada.
La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta (80) metros del lugar en que se instalen mesas receptoras, de votos.
Asimismo, no se podrá instalar mesas receptoras a menos de ochenta (80) metros de la sede en que se encuentre el domicilio de los Partidos Políticos reconocidos.
También está prohibida la difusión de publicidad electoral, televisiva, radial, en internet y en medios gráficos.
 
¿Qué pasa si se rompe la veda electoral?

En relación a las sanciones económicas, los electores pueden sufrir multas de entre $10 mil y $100.000 por la emisión de publicidad electoral durante el silencio establecido.

Las personas que induzcan al voto o impulsen el ausentismo en estas Elecciones 2023 pueden recibir una pena de dos meses a dos años de prisión. Además, los que violen el carácter secreto del voto se enfrentan a posibles condenas de hasta tres años.

Además, el Tribunal Electoral o cualquiera de sus miembros podrá disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción a lo dispuesto precedentemente.

¿Cuándo empieza la prohibición de vender alcohol?

Una de estas restricciones de la veda electoral está enfocada en la venta de bebidas alcohólicas, y establece que no podrán venderse desde las 12 horas anteriores al inicio de la elección. Una vez cerrado los comicios, habrá que esperar 3 horas para poder retomar su comercialización.

Es decir, no se podrá vender más alcohol desde las 20 horas del sábado 21 de octubre hasta las 21 horas del domingo.

¿Qué rol cumplen las Fuerzas Armadas durante las elecciones?

Los uniformados que pertenecen al Ejército, la Armada, la Fuerza Aérea, Gendarmería y Prefectura Naval serán los encargados de coordinar y ejecutar las medidas de seguridad que establece el Código Electoral Nacional, como así también las destinadas a facilitar la observancia de las demás disposiciones legales vinculadas a las elecciones generales y la eventual segunda vuelta electoral.

En particular, se ocuparán de la vigilancia de los locales donde funcionarán las mesas receptoras de votos, de las sedes e infraestructuras destinadas al ingreso y procesamiento de datos para el recuento provisional de resultados que realiza la Dirección Nacional Electoral, así como también para el escrutinio definitivo en las sedes de los Juzgados Federales con Competencia Electoral y Juntas Electorales Nacionales de cada distrito.

Además, se ocuparán de la custodia de las urnas así como la documentación durante su transporte y hasta la finalización del escrutinio definitivo en cada distrito en cada una de las instancias electorales.

También se encargarán de asistir a las autoridades de mesa en lo relativo al orden y la seguridad; organizar el ingreso del electorado al establecimiento desde las 8 y cerrar el lugar de votación a las 18, asegurando el ingreso al establecimiento de los votantes que aguarden turno para emitir su voto antes del horario de cierre; y prestar colaboración a la ciudadanía y en particular a las personas con discapacidad.

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