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Entre Ríos prohíbe todas las quemas entre diciembre y febrero para prevenir incendios

En el marco del plan del control del fuego, el gobierno de Entre Ríos prohibió cualquier clase de quema, en todas sus variantes, desde el 1 de diciembre de 2025 y el 28 de febrero de 2026.

Entre Ríos prohíbe todas las quemas entre diciembre y febrero para prevenir incendios


La medida se formalizó con la publicación de la Resolución 1685/25 de la Secretaría de Ambiente, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. La misma precisa la prohibición total del uso de fuego en cualquier modalidad durante el período comprendido entre el 1° de diciembre de 2025 y el 28 de febrero de 2026. Incluso, el plazo puede extenderse, de entenderlo necesario las autoridades provinciales.  

Desde Ambiente pusieron en valor la vigencia de la Ley Provincial Nº 9.868 y su Decreto Reglamentario Nº 3186/09 que facultan a la autoridad ambiental a establecer acciones preventivas en el manejo del fuego. La resolución indica que el fuego constituye un elemento de extrema peligrosidad y que, en el contexto climático actual, incluso las quemas controladas representan un riesgo significativo.

Informes del Centro de Predicción Climática anticipan la posible entrada en un período La Niña, lo que incrementa la probabilidad de sequías prolongadas y, en consecuencia, eleva el riesgo de incendios. En otro tramo de la resolución se advierte que los incendios derivados de quemas no controladas han provocado en años anteriores pérdidas de bosque nativo, pastizales, biodiversidad y daños ambientales severos. Además, se remarcó que este tipo de siniestros pone en riesgo la integridad de diversas formas de vida.

 La resolución dispone que queda prohibido todo tipo de quema, sin distinción, durante los tres meses establecidos. Solo podrán habilitarse excepciones en casos específicos y únicamente luego de un análisis técnico previo y la autorización expresa de la Secretaría de Ambiente.

En caso de incumplimiento, la normativa establece que se aplicarán las sanciones previstas en el Artículo 19 del Decreto Nº 3186/09, que contemplan multas y otras medidas administrativas según la gravedad del hecho.

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