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La Justicia declaró inconstitucional los "aumentos no remunerativos" de Frigerio y ordenó pagar lo que corresponda

La Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 1 de Paraná dictamínó que los aumentos no remunerativos otorgados al personal activo por la administración de Rogelio Frigerio son inconstitucionales y ordenó que se pague el correspondiente porcentaje del aumento a los jubilados y pensionados, quienes se habían visto perjudicados por ello. La disposición judicial también impacta favorablemente en los activos, que deberían ver reflejado un incremento en sus haberes.

La Justicia declaró inconstitucional los "aumentos no remunerativos" de Frigerio y ordenó pagar lo que corresponda

El fallo dado a conocer este viernes es en referencia a los decretos N°537/26 del Ejecutivo Provincial y N°017/26 de la Honorable Cámara de Senadores. En dichos decretos se establecieron en paritarias avaladas por UPCN y rechazadas por ATE, aumentos no remunerativos para el personal en actividad. Al ser "no remunerativos" estos no impactan en la antigüedad y categoría del personal activo, la "patronal" no realiza aportes a la Caja de Jubilaciones ni a la Obra Social, y tampoco se traslada a los jubilados y pensionados provinciales.

El fallo judicial responde a tres planteos realizados: “Suárez Rodolfo Rafael y otros c/ Estado Provincial s/ acción de inconstitucionalidad”, Expte. N° 3201; “Uzin María Veronica, Leone Silvia Teresita, Gaillard Eva Beatriz, Benitez Nélida Ester y Otros c/ Estado Provincial por actos emanados de la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia s/ acción de inconstitucionalidad”, Expte. N°3142; y “Mierez Horacio Marcos y Otros c/ Estado Provincial s/ acción de inconstitucionalidad (con medida cautelar)”, Expte. N°3150.

ARGUMENTOS

La Cámara explicó que la calidad remunerativa de un rubro en los haberes no depende de la denominación que le asigne quien dispone a tal fin del presupuesto público, sino de su naturaleza jurídica objetiva, en la medida en que el trabajo no se presume gratuito y el salario retribuye la prestación de servicios por los dependientes.

Concluyó entonces que la calificación de “no remunerativo” atribuida por los decretos no corresponde a la naturaleza jurídica del concepto.

Al no realizarse los aportes y contribuciones al sistema de seguridad social -caja jubilatoria y obra social-, porque al considerarlos "no remunerativos", el Gobierno no traslada el aumento a la seguridad social de los trabajadores, la administración de Frigerio violó el mandato expreso previsto en el artículo 82 inciso d) de la Constitución de Entre Ríos que ordena que “Todo incremento salarial otorgado a partir de la presente constitución deberá estar sujeto a aportes y contribuciones.”

IMPACTO POSITIVO EN JUBILADOS Y ACTIVOS

El Tribunal entendió que la ausencia de transferencias al sistema jubilatorio afectó gravemente los principios de proporcionalidad y movilidad que estructuran el régimen previsional entrerriano y, al no haberse realizado los aportes y las contribuciones, disminuyeron los haberes jubilatorios que les hubiese correspondido cobrar a los jubilados y pensionados provinciales, lo que está prohibido "por la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación", subraya el fallo al que accedió DiarioConcordia.

Finalmente, ordenó a la administración provincial proyectar y transferir a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, en el plazo de treinta días hábiles, los importes correspondientes a los aportes y contribuciones generados por la aplicación del Decreto N° 537/26 y el Decreto N°017/26 y dispuso que la Caja de Jubilaciones y Pensiones traslade a los jubilados y pensionados el faltante para alcanzar el 82% o el 75% -según corresponda- del incremento percibido por el personal en actividad.

A su vez, aunque no está explicitado en el fallo judicial, al determinarse que los "aumentos no remunerativos" son inconstitucionales, estos deberían pasar a ser "remunerativos". Lo que para los activos significará un nuevo incremento, dado que impactará en el porcentual por antigüedad y por categoría.

Al establecerse jurisprudencia también los gremios podrían plantear revisar anteriores y posteriores aumentos no remunerativos otorgados y accionar judicialmente si el Gobierno no "blanquea" los aumentos.

No ha trascendido aún si el Gobierno Provincial va a apelar o no el fallo, que abrió una instancia de renegociación que los gremios (sobre todo ATE) intentará aprovechar para acercarse a la necesaria recomposición salarial que reclaman.



 

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