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Los deudores alimentarios no podrán ingresar a casinos ni a espectáculos culturales y deportivos en Entre Ríos

El Senado provincial convirtió en ley este miércoles un proyecto que amplía las restricciones para quienes figuran en el Registro de Deudores Alimentarios. La prohibición alcanza a eventos culturales y deportivos con entrada paga y a salas de juego y casinos. La iniciativa fue girada al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Los deudores alimentarios no podrán ingresar a casinos ni a espectáculos culturales y deportivos en Entre Ríos

La modificación a la Ley 9.424 amplía las restricciones para las personas inscriptas en el Registro de Deudores Alimentarios. La nueva norma les impedirá ingresar a espectáculos culturales y deportivos pagos, otros eventos que requieran abonar una entrada y establecimientos de juego de azar, incluidos casinos.

Con la aprobación de la Cámara Alta, el proyecto quedó en condiciones de ser promulgado por el Poder Ejecutivo provincial. La reforma incorpora dos artículos a la legislación vigente, con nuevas condiciones de acceso a espacios de entretenimiento y recreación.

Uno de los cambios establece que los organizadores de eventos pagos deberán impedir el ingreso de personas que figuren en el registro. La disposición comprende tanto espectáculos culturales y deportivos como otras actividades en las que se cobre una entrada, por lo que su alcance no queda limitado a recitales, competencias deportivas u otras propuestas de esas características.

Para instrumentar el control, los municipios adheridos a la ley deberán comunicar esta condición a los organizadores, quienes tendrán que solicitar el certificado registral correspondiente. 

La segunda modificación alcanza específicamente a las salas de juego y casinos de Entre Ríos. Estos establecimientos deberán impedir el acceso de las personas que se encuentren incorporadas al Registro de Deudores Alimentarios.

La implementación de esta última medida será progresiva y estará a cargo del Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social (IAFAS), en coordinación con las autoridades responsables del registro. El organismo provincial deberá trabajar en los mecanismos necesarios para hacer efectiva la prohibición.

(Fuente Diario Junio)

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